CENTRAL INFORMATIVA DEL ADULTO MAYOR

lunes, 15 de enero de 2018

Lo que esperan los que tiene más experiencia

Por el Dr, Carlos Sandoval Cáceres

El 10 de diciembre de 1948 en París se firmó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un documento que fue un hito para la historia de la humanidad. Hasta antes de esa fecha, tanto en Europa como en el resto del mundo, las personas tenían categorías, desde el nacimiento, los nobles o aristócratas, los ricos, el pueblo e incluso existían los esclavos, y los derechos de las personas, eran diferentes unos de otros. Antiguamente las personas nacían con más y menos derechos que otros, por lo tanto la justicia no era equitativa para todos.
Esta Declaración supone en primer lugar el reconocimiento universal de que los Derechos Humanos básicos y las libertades fundamentales son inherentes a todos los seres humanos, inalienables y aplicables en igual medida a todas las personas, que cada persona ha nacido libre y con igualdad de dignidad y de derechos. Independientemente de la nacionalidad, lugar de residencia, género, etnia, color de piel, religión, idioma o cualquier otra condición.
Así mismo existe un grupo de personas que son consideradas como población vulnerable, es decir aquellas que se encuentran en estado de desprotección o incapacidad frente a una amenaza a su condición psicológica, física y mental entre otras. Son grupos de personas excluidas tradicionalmente por razones, de educación, sociales, económicas entre otras.
Dentro de este grupo de población vulnerable se encuentras los Adultos Mayores quienes son precisamente la población vulnerable que requiere de la mayor atención por parte de los Estados y los grupo gubernamentales. Es la población que consume la mayoría de los recursos hospitalarios, como la utilización de salas de emergencias, de operaciones, camas de hospitalización, consultas externas, medicamentos y procedimientos.
Sin embargo a pesar de ser un grupo considerado como vulnerable, con esta población ocurre lo opuesto, es decir es un grupo de personas discriminadas, o sea lo opuesto a la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
DECLARACIÓN UNIVERSAL 
El 15 de junio del 2015 en la Organización de Estados Americanos OEA, se elaboró un documento muy importante la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores.
Este es el primer instrumento jurídico específico en materia de los Derechos Humanos de las personas adultas mayores para promover, proteger y asegurar el reconocimiento y pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, dirigidos a todas las personas adultas mayores de la región a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad.
Este documento reconoce que la persona a medida que envejece debe de seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autómata, con salud, seguridad, integración y participación activa en las esferas económicas, social y cultural y política de sus sociedades.
La salud, el envejecimiento activo es un Derecho Humano, por lo tanto no es negociable e independientemente del gobierno o sistema de gobierno debe de ser suscrito y adherido.
EL PERÚ AUN NO FIRMA 
Pese la entonces candidata a la segunda vicepresidencia (Dra. Mercedes Aráoz Fernández) en remplazo del candidato a la Presidencia de la República (Dr. Pedro Pablo Kuczynski) se comprometió a firmar la Convención, hasta la fecha el Gobierno aún no ha se ha adherido.
El argumento del Gobierno peruano en no firmar la adherencia a la Convención es que uno de los puntos que se plantea es que el Gobierno brindaría seguridad social para todos los Adultos Mayores. Sabemos que el sistema de la salud del Perú básicamente está separado entre asegurados (quienes cotizan y han cotizado al Seguro Social, para recibir una prestación de salud) y quienes no cotizan al Seguro, recibirían la prestación de salud a través del Ministerio de Salud, quien cuenta con el SIS Seguro Integral de Salud.

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